REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua
Maracay, treinta (30) de Julio de dos mil doce (2012).
201° y 153º
ASUNTO: DP11-L-2011-001822
PARTE ACTORA: Ciudadano WILMER PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.664.208.
APODERADA DEL ACTOR: Abg. MERLYS PALMA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 48.878.

PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO ALCO C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: Abg. IVAN RIVERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 94.178.
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL

Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:

PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA
DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES
Con relación a los documentales promovidos, se deja constancia que los mismos se encuentran marcados con la letra “A”(Folios 63 hasta el 66), “B“(Folio 67) y “C“(Folios 68 hasta el 85), de la pieza principal, los mismos se admite salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA
DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES
Con relación a los documentales promovidos, se deja constancia que los mismos se encuentran marcados con la letra “A“(Folio 91), “B“(Folios 92 hasta el 101), “C“(Folios 102 y 103), “D“(folios 104 hasta el 106), “E“(folio 107), “F1“(folio 108), “F2“(folio 109), “F3“(folio 110), “F4“(folio 111), y “G” (folios 112 y 113),de la pieza principal, los mismos se admite salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
DE LA PRUEBA DE INFORME
Respecto al Requerimiento de Informes, este Tribunal lo admite, salvo su apreciación en la definitiva y ordena oficiar lo conducente a:
1.- A la Sociedad Mercantil DESINCO R.T., C.A., Ubicada en la calle Aragua, Nº 26-A, Quinta María, Urb. La Floresta, de la Ciudad de Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, a objeto que informen sobre lo peticionado por la promovente en su escrito de pruebas, del cual se ordena expedir copias certificadas (folios 88 y 89 de la pieza principal) para anexar a dicha comunicación.
2.- A la Sociedad Mercantil IMAGENORADIOLOGIA GUEVARA & GUILBERT C.A, Ubicada en la Av. Ramon Narvaez, Edif Policlinica La Coromoto, piso 1, servicios de rayos X, de la Ciudad de Maracay, Municipio Girardot del Estado Aragua, a objeto que informen sobre lo peticionado por la promovente en su escrito de pruebas, del cual se ordena expedir copias certificadas (folios 88 y 89 de la pieza principal) para anexar a dicha comunicación.

DE LA RATIFICACIÓN
En lo que corresponde a la testimonial, de la ciudadana EMILIA FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-7.222.174, a los fines de que la referida ciudadana ratifique el documental promovido inserto al folio 111 (F4), la misma se admiten salvo su valoración en la definitiva, en tal sentido la ciudadana EMILIA FERNANDEZ, deberá comparecer en la oportunidad de la audiencia de juicio a ratificar el documental indicado, teniendo la parte promovente de la prueba la carga de presentarlos.
DE LAS TESTIMONIALES DE EXPERTOS
En lo que corresponde a los testimoniales, la misma se admiten salvo su valoración en la definitiva, se deja constancia que los ciudadanos GUSTAVO PARRA y JULIO REYES, deberán comparecer en la oportunidad de la audiencia de juicio a rendir sus declaraciones en calidad de testigo, teniendo la parte promovente la carga de presentarlo.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. CESAR TENIAS.
LA SECRETARIA,

Abg. NORKA CABALLERO

CT/nc/kgp.-