REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, seis de julio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP12-J-2012-000215

Solicitante: Mireya Primitiva Verde, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.843.964.

Motivo: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

En fecha 31 de mayo de 2.012, la ciudadana Mireya Primitiva Verde, ya identificada, actuando en representación de sus hijos el adolescente y la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 LOPNNA), asistida por la Defensora Pública Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Abogado Carmen Isabel Rojas Aponte, presentó escrito ante este Juzgado, en el cual solicitó que sean declarados Únicos y Universales Herederos del causante Carlos Luís Montes de Oca Gallardo, quien falleció el día 18 de mayo de 2.012, en el Hospital Central Antonio María Pineda en la ciudad de Barquisimeto, municipio Iribarren del Estado Lara, el cual era titular de la cédula de identidad Nº V-14.246.532, tal como consta en el acta de defunción consignada que riela al folio ocho (08) de autos.
En fecha 04 de junio de 2.012, se admitió la solicitud, se ordenó publicar un edicto por la prensa a fin de que cualquier persona interesada en impugnarla, compareciera a hacerse parte. Asimismo, se ordenó oír la opinión del adolescente y la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 LOPNNA) y la declaración de los testigos que la parte presentaría en su debida oportunidad.

En fecha 12 de junio de 2012, se dejó expresa constancia del adolescente y la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 LOPNNA) a expresar su opinión. En esa misma fecha, se recibió diligencia presentada por la ciudadana Mireya Primitiva Verde, donde se dejó constancia que recibió el edicto ordenado a los fines de darle publicación.
En fecha 14 de junio de 2012, se recibió diligencia presentada por la ciudadana Mireya Primitiva Verde, consignando el edicto debidamente publicado por el diario “El Caroreño”.
En fecha 28 de junio de 2.012, se dejó expresa constancia que venció el edicto publicado, sin que compareciera ninguna persona interesada.
En fecha 29 de junio de 2012, se fijo oportunidad para ser escuchados los testigos propuestos.
En fecha 04 de julio de 2.012, se dejó expresa constancia de la comparecencia de los testigos ciudadanos Norkis Isabel Suárez Primera y Homero Fermín Alvarez, titulares de la cedula de identidad Nº V-16.769.072 y V-10.769.378 quienes rindieron sus respectivas declaraciones.

Este Juzgado observa:

De los recaudos acompañados y de las declaraciones de los testigos, ciudadanos Norkis Isabel Suárez Primera y Homero Fermín Alvarez, antes identificados, quienes dieron fe de conocer a la solicitante ciudadana Mireya Primitiva Verde y a sus hijos el adolescente y la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 LOPNNA), este Juzgado Primero de Primera instancia de Mediación y Sustanciación de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Únicos y Universales Herederos del causante Carlos Luís Montes de Oca Gallardo: Al adolescente y la niña (Identidad omitida en concordancia con el art. 65 LOPNNA), quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse copias certificadas de todas las actuaciones que contiene esta solicitud, así como de la presente decisión y archívese. Devuélvanse los originales a la solicitante. Carora, 06 de julio de 2012. Año 202º y 153º.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN

Abg. LUISA CRISTINA GONZALEZ CAMPOS


LA SECRETARIA

Abg. MARYHE ALVAREZ

En esta misma fecha, se registró bajo el Nº 374-2012 y se publicó siendo las 10:24 a.m.
LA SECRETARIA

Abg. MARYHE ALVAREZ


KP12-J-2012-000215
LCGC.-