REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veinte de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : AP51-J-2012-011497
SOLICITANTE: YSABEL LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 6.008.886.
MOTIVO: TUTELA.
Revisadas las actas que conforman el presente asunto, de las cuales se desprende que los progenitores del --- -----, de ----- años de edad, ciudadanos NILSA ISABEL GONZALEZ LOPEZ y CARLOS ANTONIO GERDEL REYES, fallecieron en fecha 05-02-04, en virtud de lo cual se encuentra bajo el cuidado de su abuela materna YSABEL LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nro V- 6.008.886; y vistas las juramentaciones y aceptaciones de los cargos de la presente solicitud de TUTELA, realizados por las ciudadanas YSABEL LOPEZ, NISASABE DEL VALLE GONZALEZ LOPEZ, KEILA CAROLINA DE FELICE LOPEZ, MARIA YOZELYN DE FELICE LOPEZ y MARIA DEL ROSARIO LOPEZ RANGEL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 6.008.886, V-13.459.469, V-17.441.469, V-19.453.645 y V-3.033.619 respectivamente, como TUTORA, PROTUTORA, SUPLENTE DE LA PROTUTORA y MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, en beneficio del adolescente ------, de ---- años de edad, por lo antes expuesto esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, actuando ajustado a derecho y en aras de garantizar el Interés Superior del adolescente de autos, DESIGNA para los cargos de TUTORA, PROTUTORA, SUPLENTE DEL PROTUTORA y MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, YSABEL LOPEZ, NISASABE DEL VALLE GONZALEZ LOPEZ, KEILA CAROLINA DE FELICE LOPEZ, MARIA YOZELYN DE FELICE LOPEZ y MARIA DEL ROSARIO LOPEZ RANGEL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 6.008.886, V-13.459.469, V-17.441.469, V-19.453.645 y V-3.033.619 respectivamente, con todos los deberes inherentes a los mismos, de conformidad con lo establecido en los artículos 301, 324 y 335 del Código Civil.
A los fines de dar cabal cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 413, 415 y 416 del Código Civil Venezolano, el presente fallo deberá protocolizarse en el Registro Público del domicilio del adolescente de autos; e igualmente habrá de publicarse en prensa dentro de los quince (15) días siguientes al de hoy, debiendo las partes dejar constancia en el expediente, de haber efectuado tales actuaciones.
Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines de que surtan sus efectos legales, una vez consignados los fotostatos correspondientes. CUMPLASE CON LO ORDENADO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada. Firmada y Sellada en el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, veinte (20) de julio de 2012. Años 202° y 153°.
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO
LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.
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