REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)
Maracay, once (11) de Julio del año (2012)

EXP.- JSAAC- 2012-0215

Oída la Apelación interpuesta en fecha 03 de julio de 2012, por el ciudadano Rafael Santos Visconti, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Valencia, titular de la cédula de identidad N° V-2.969.095, asistido por el abogado Juan Fernando Marrero Castro, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.558.247, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.749, contra la decisión dictada por ante este Juzgado en fecha 27 de junio de 2012, la cual declaró INADMISIBLE del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto en fecha 25 de junio de 2012; en consecuencia se ordena remitir el expediente a la Sala de Casación Social en Sala Especial Agraria. Cúmplase.
EL JUEZ

Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS

El Secretario


Abg. LUÍS ABREU GUERRERO


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado
El Secretario


Abg. LUÍS ABREU GUERRERO


EXP. - JSAAC- 2012-0215
HBC/Lag/kp