REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)
Maracay, once (11) de Julio del año (2012)
EXP.- JSAAC- 2012-0215
Oída la Apelación interpuesta en fecha 03 de julio de 2012, por el ciudadano Rafael Santos Visconti, venezolano, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Valencia, titular de la cédula de identidad N° V-2.969.095, asistido por el abogado Juan Fernando Marrero Castro, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.558.247, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 90.749, contra la decisión dictada por ante este Juzgado en fecha 27 de junio de 2012, la cual declaró INADMISIBLE del Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto en fecha 25 de junio de 2012; en consecuencia se ordena remitir el expediente a la Sala de Casación Social en Sala Especial Agraria. Cúmplase.
EL JUEZ
Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
El Secretario
Abg. LUÍS ABREU GUERRERO
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado
El Secretario
Abg. LUÍS ABREU GUERRERO
EXP. - JSAAC- 2012-0215
HBC/Lag/kp