En el día de hoy 12 de Julio de 2012, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparecen en su condición de parte demandada en el presente juicio, Abogadas Infra identicadas, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA que:
Anunciada como fue la audiencia por los alguaciles de este Circuito Judicial laboral, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de representante legal o estatuario alguno. Así mismo se deja constancia de la presencia de la parte demandada ECOCHEMICAL 2000, C.A. en la persona de las Apoderadas Judiciales Abogadas YVETTE CORTEZ Y NANCY GUERRA, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.143.847 y V- 9.657.072, I.P.S.A. Nros. 74.375 y 64.262, quienes comparecen actuando como apoderado judicial, tal como consta en autos en el folio veintiuno (21).
. Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”
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