En el día de hoy 13 de Julio de 2012, siendo las 10:00 a.m., oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar inicial en este procedimiento, se deja constancia de la comparecencia de la Parte Actora y de su Apoderada Judicial, supra identificados; y de la representante de la apoderada Judicial, plenamente identificados en el encabezamiento de ésta acta, contestes con el Poder Apud Acta que riela en autos en el folio 12 y su reverso. En éste estado la ciudadana juez declara abierto el acto, en donde la parte demandada manifiesta conformidad en Reenganchar a la parte Actora, es decir al ciudadano LILI ANTONIO ARQUIMEDES MEDINA HERNANDEZ, así mismo ambas partes acuerdan que empezara a laborar el día lunes 16 de Julio, en las mismas condiciones que laboraba para el tiempo que ocurrió el despido. Así mismo expresa que dándole cumplimiento a la nueva LOTTT, acuerda pagar por concepto de Salarios Caídos el día viernes 20 de Julio, en la sede del Tribunal, a las 10:00 a.m., por la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON OCHENTA CENTIMOS (Bs. F. 2.848,80,80), corresponde a 48 días comprendidos desde el día 25 de mayo, fecha del despido injustificado, hasta el día de hoy, a través de cheque elaborado a nombre del Trabajador LILI ANTONIO ARQUIMEDES MEDINA HERNANDEZ. Así mismo se deja constancia que la demandada se compromete a cancelar el Bono de Alimentación que corresponde al periodo cancelado por los Salarios Caídos y así lo acepta el actor. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido y asesorado por su Abogada Asistente, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el Reenganche, con el monto ofrecido por Salarios caídos, con lo acordado por el Bono de Alimentación, y l a forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeudaría concepto ni monto alguno una vez cumplido lo aquí expresado en esta acta.