En el día hábil de hoy viernes 06 de Julio de 2012, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA que:
Anunciada como fue la audiencia por los alguaciles de este Circuito Judicial laboral, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de representante legal o estatuario alguno. Así mismo se deja constancia de la presencia de la parte demandada en la persona del ciudadano Abogado MANUEL RODRIGUEZ LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.450.769, I.P.S.A. Nro. 1.496, quien comparece actuando como apoderado judicial, tal como consta en Poder que consigna en copia simple de dos (02) folios útiles, previa presentación del original a modo videndi.
.
Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”