REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA REGION SUR ORIENTAL
Maturín, 04 de Junio de 2012
202º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 15 de Mayo de 2012, por el abogado Luís Enrique Simonpietri, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 15.419, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, con el cual promueve pruebas, este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

DE LAS DOCUMENTALES

Respecto del escrito de promoción de prueba consignado el 15 de Mayo del presente año, en la celebración de la audiencia de juicio, por el abogado Luís Enrique Simonpietri, supra identificado, esta Juzgadora observa que se promovieron como documentales los anexos que fueron consignados con el escrito de demanda; y por cuanto las mismas no contienen elementos ilegales ni impertinentes, este Tribunal, de conformidad con el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, las ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.

Ahora bien, en cuanto a la “PRUEBAS DE INFORMES” promovida en el Particular II del referido escrito de la parte recurrente, este Tribunal, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, de conformidad con el artículo 398 ejusdem, ADMITE dicha prueba de informe en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva. Por ende, se ordena oficiar al Auditor Interno del Instituto de Vialidad del Estado Delta Amacuro, a los fines de que informe a este órgano jurisdiccional sobre los siguientes particulares:

• Primero: Si el ciudadano Pedro Manuel Castañeda Barreto, titular de la cédula de identidad N° 8.929.186 se desempeñó como Auditor Interno de dicho Instituto desde el 31 de Enero de 2005.
• Segundo: Que remita informe detallado de las actuaciones del mencionado ciudadano al frente del cargo, en el sentido de que se informe sobre los procedimientos de auditorias, fiscalizaciones, investigaciones o actividades realizadas en el desempeño de su cargo, a fin de comprobar que en efecto realizó las actividades inherentes al cargo que desempeñaba y que le harían merecedor de la experiencia laboral que dice acreditar.

• Tercero: Si existe la manifestación de renuncia al cargo de Auditor Interno del ciudadano Pedro Manuel Castañeda Barreto, con anterioridad al mes de Agosto de 2011.


Para practicar la notificación ordenada, se comisiona al Juzgado de los Municipios Pedernales, Tucupita, Casacoima y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Líbrese oficios y despacho.

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. En Maturín al Cuatro (04) día del mes de Junio del año Dos Mil Doce (2012). Año 202º de la Independencia y 153º de la Federación.-
La Juez Provisoria

Marvelys Sevilla Silva
El Secretario,

José Francisco Jiménez














MSS/JFJ/yf.
Exp. 4600