N° DE ASUNTO NP11-L-2012-000403
PARTE ACTORA: SOLANGE SANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.446.770 y de este domicilio.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YELITZA ZERPA Y OTROS inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro 164.265 de este domicilio.
PARTE DEMANDADA: LESBIA DE MARQUEZ.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: TEOLINDA RODRIGUEZ Y OTROS, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 52.498 de este domicilio.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy, veinte (20) de junio de año dos mil doce (2012), siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en el presente juicio, en este acto asistió la Abg. TEOLINDA RODRIGUEZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la demandada y con la incomparecencia del demandante se demuestra la falta de interés que tiene sobre la demanda y por la no asistencia del demandante, ni por si ni por medio de Apoderado alguno, por la NO COMPARECENCIA DE LA PARTE ACTORA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en este acto este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, verificada la no comparecencia de la parte demandante, se procede a dictar Sentencia conforme a dicha incomparecencia. En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Se hace del conocimiento a las partes que deben anunciar o consignar las pruebas que consideren pertinente para demostrar su incomparecencia a la Audiencia Preliminar, dentro del lapso legal para interponer el Recurso que haya lugar. Es todo, siendo las 11:00 de la mañana.
EL JUEZ PROVISORIO.

Abg. JOSÉ L. ADRIÁN MATA.
LA SECRETARIA


Abg.

LOS COMPARECIENTES.