REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis (06) de junio de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-000911

Visto el escrito transaccional presentado en fecha cuatro (04) de Junio de dos mil doce (2012) por la parte Oferida: Ciudadano ADRES ARANGUREN, C.I. N° 18.994.869, debidamente asistido por la Abogada LOIDA OJEDA, I.P.S.A. Nro. 70.355, y por la otra, la Abogada MARIELA CASTRO, I.P.S.A. Nro. 105.122, en su carácter de apoderada judicial de la parte Oferente, en el cual llegan a un acuerdo por la cantidad de Bs. 24.704.55, mediante cheque que declara recibir en el mismo acto; este Tribunal por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora ni normas de orden público, fue celebrada por personas debidamente facultadas para ello y contiene una relación circunstanciada de los hechos que la motivan y los derechos en ella comprendidos, este Tribunal Décimo Noveno (19°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en uso de sus competencias legales HOMOLOGA la transacción; dándole efectos de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 89, numeral 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 10 y 11 Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. En relación con las copias certificadas solicitadas, este Juzgado acuerda su expedición por Secretaría de conformidad con el artículo 21, numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez
La Secretaria

Abg. Jhacnini Torres
Abg. Maria Veruska Davila