REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
PARTES ACTORA: KENNY NOTTARO PEREZ
PARTE DEMANDADA: FREDDY JOSE RAEVALO AGUDELO
MOTIVO: INTIMACION DE HONORARIOS
EXPEDIENTE Nº 12730
Maracay, 25 de Junio del 2012
202° y 153°
Vista la AUTOCOMPOSICION PROCESAL, (convenimiento) celebrado por las partes en el presente juicio, en fecha 25 de Marzo de 2008, y que riela al folio desde el 21 al 22del cuaderno de medidas del presente expediente, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación, conforme los términos contenidos en la misma; y vista igualmente la diligencia presentada por el abogado en ejercicio KENNY NOTARO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 78.754, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora en el presente juicio en fecha 21-06-2012 y el pedimento contenido en la misma este tribunal acuerda expedir copia certificada por secretaria de las actuaciones que rielan a los folios del 1 al 12, del 21 al 24, al solicitante y en consecuencia da por terminado el presente juicio y se ordena archivo, desincorporación del mismo y su remisión al archivo Judicial.-
EL JUEZ
ABG. RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO


ABG. ANTONIO HERNANDEZ
RCP/nury
EXP. N° 12730
En esta misma fecha se libro las copias certificadas ordenadas El Secret.