REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Primero (1º) de Junio de Dos Mil Doce (2012).
202° y 153°
Vista la Sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 28 de noviembre de 2011, la cual declaró INADMISIBLE por Caducidad el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial conjuntamente con Medida Cautelar, interpuesto por el ciudadano Gregori Alexander Tovar Subero, titular de la cédula de identidad Nº 6.248.370, asistido por las abogadas Laura Capecchi D. y Luisa Gioconda Yaselli P. inscritas en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo los Nros. 32.535 y 18.205, respectivamente, contra la Resolución Nº 169, dictada en fecha 25 de junio del 2010, por el Instituto Autónomo de Policía Municipal de Chacao, y por cuanto transcurrió con creces el lapso para la interposición del recurso de apelación, quedando firme el aludido fallo, este Juzgado considera pertinente ordenar el archivo del presente expediente signado con el Nº 1796 (nomenclatura de este Órgano Jurisdiccional) en la sede de este Órgano Jurisdiccional, contentivo de una (01) pieza, de veintisiete (27) folios útiles.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. LISBETH BASTARDO
Exp. 1796
JVTR/LB/mgr.-