REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


En horas de despacho del día de hoy, Once (11) de Junio de Dos Mil Doce (2012), siendo las Nueve Antes Meridiem (09:00 a.m.), fecha y hora fijada por este Juzgado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar dispuesta en el artículo 103 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, en el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial. El Juzgado deja constancia que se encuentran presentes los abogados Gustavo Martínez y Eva Álvarez, inscritos en el instituto de previsión Social del Abogado bajo los Nros. 72.089 y 41.569, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte querellante. Asimismo, la parte querellada no compareció ni por si ni por medio de Apoderados Judiciales al presente Acto. En este estado el Juzgado concede un lapso de Diez (10) minutos a la parte querellante a fin de que exponga sus argumentos. Ahora bien, de conformidad con el artículo 104 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, no existe la posibilidad para conciliar, por cuanto solo compareció una sola parte al presente acto, la cual solicitó la apertura del Lapso Probatorio. Este Juzgado deja constancia que de los alegatos expuestos en esta audiencia se tomo un registro audiovisual, el cual fue realizado por el ciudadano Guillermo Luna, titular de la cedula de identidad Nº 12.640.762, en su carácter de funcionario adscrito a la oficina de Apoyo Técnico Administrativo de la Torre Impres, con un equipo marca Sony, video grabadora, modelo DCR-SR68, Numero de bien nacional DAR 4280, el cual será agregado al expediente en CD. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
El JUEZ


Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES

PARTE QUERELLANTE

LA SECRETARIA


Abg. LISBETH BASTARDO

TÉCNICO AUDIOVISUAL

Exp. N° 1823
JVTR/LB/mgr.-