Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Octavo de Primera Instancia
de Mediación, Sustanciación,
de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

Caracas, 26 de Junio de 2012

ASUNTO: AP51-J-2011-017152

SOLICITANTE: JAHROLD SIMON MAIZO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-11.306.482.
ABOGADO ASISTENTE: ROSBETTI MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 148.074.
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA SEPARARSE DEL HOGAR.

Vista la solicitud de Autorización para Separarse del Hogar presentada por el ciudadano JAHROLD SIMON MAIZO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-11.306.482, debidamente asistido por la abogada ROSBETTI MENDOZA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 148.074; la justificación promovida y evacuada al efecto por ante este Despacho Judicial, así como participada la dirección a la que se trasladaría el solicitante y el lapso que permanecerá en ella, esta Juez del Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, sin perjuicios de terceros, concede AUTORIZACIÓN PARA SEPARARSE DEL HOGAR, al ciudadano JAHROLD SIMON MAIZO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-11.306.482, a la siguiente dirección: Residencias Valery Palace, Calle Junín, Urbanización El Rosal, Piso 7, Apartamento 7-D, Municipio Chacao Estado Miranda, por el lapso de un (01) año, contados a partir de la presenta fecha, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil, en concordancia con el literal “f”, parágrafo segundo, del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda librar boleta de notificación a la ciudadana GABRIELA PORTA CONTO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N°. V-11.313.009, conforme a la sentencia VINCULANTE No. 1039, del expediente 09-0124, de fecha 23 de julio de 2009, proferida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHÁN. Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión, una vez sean consignados los fotostatos necesarios. Y así se establece.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y Sellada en el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de Junio del año 2012. Años 201° y 152°.
LA JUEZ

Abg.LIZBETH KARINA MARTIN SIMOZA. EL SECRETARIO,


Abg. LUIS MORALES.






LKMS/LM/HERIBERTO MEDINA