REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(201° y 152°)

Maracay, veintiocho (28) de junio del año (2012)



EXP.- JSAAC- 2012-0207


Vista la decisión dictada en fecha 11 de junio del año 2010, en el expediente signado bajo el número 2012-0207, por este Juzgado Superior Agrario, mediante la cual se acordó la admisión del RECURSO DE ABSTENCIÓN O CARENCIA, interpuesto por el ciudadano Rafael Santos Visconti, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.969.095, asistido por el abogado Juan Fernando Marrero Castro, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 90.749, se evidencia que hasta la fecha no se ha librado el cartel a los terceros interesados, en consecuencia este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, ordena librar la notificación de éstos mediante cartel, el cual deberá ser publicado en el diario “El Carabobeño”, a fin de que comparezcan a exponer lo que bien tengan en relación al presente recurso. Cúmplase.
EL JUEZ
ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
EL SECRETARIO

ABG. LUÍS ABREU GUERRERO

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró el cartel correspondiente.
EL SECRETARIO
ABG. LUÍS ABREU GUERRERO
EXP. - JSAAC- 2012-0207
HBC/Lag/la