REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 27 de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2008-003818
ASUNTO : NP01-P-2008-003818


Visto el escrito interpuesto por la ABG. HORTENCIA LÓPEZ VALERIO, Fiscala Décima Quinta del Ministerio Público del Estado Monagas mediante la cual solicitó el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, que por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 42, en su encabezamiento, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, le fuere seguida al ciudadano FRANKLIN JORGE SÁNCHEZ, en perjuicio de la ciudadana NANCY DEL VALLE MARCANO SUÁREZ, este Tribunal como punto previo considera innecesario para emitir pronunciamiento convocar a las partes a la audiencia prevista en el artículo 323 de la Ley de Reforma del Código Orgánico Procesal Penal, y hace las siguientes consideraciones.

HECHOS
Los hechos resultan ser los acaecidos en fecha 17/07/2008, denunciados por la ciudadana NANCY DEL VALLE MARCANO SUÁREZ de la manera siguiente: “Acudo a éste Despacho el día de hoy 17-07-2008, con la finalidad de denunciar a mi pareja de nombre FRANKLIN JORGE SANCHEZ…lo que pasa es que yo estaba en mi casa en compañía de mis hijos, y a eso de las siete de la noche llegó a la casa mi pareja y discutimos por unos chismes de parte de un vecino, y en eso yo me acosté con mis hijos, y a eso de la una de la una de la madrugada mi pareja se levantó y empezó a discutir conmigo nuevamente y fue cuando me dio unos golpes con sus manos en la boca, en la cabeza y en el antebrazo izquierdo, y también me golpeó con la cacha de un cuchillo en ambas piernas, y en vista de este problema yo no quiero seguir viviendo con este señor, y que se vaya definitivamente de mi casa hasta que se solucionemos este conflicto por ante la Fiscalía del Ministerio Público”
Existiendo los siguientes elementos en las actas procesales: 1.- Acta de denuncia interpuesta en fecha 17/07/2008 por la ciudadana NANCY DEL VALLE MARCANO SUÁREZ, inserta al folio dos (02). 2.-Informe Médico Legal N° 2890, cursante al folio once (11), practicado en fecha 18/07/08, por el Dr. Ernesto Gardié, a la ciudadana NANCY DEL VALLE MARCANO SUÁREZ.

RAZONES DE HECHO Y DE DERECHO EN QUE SE FUNDA LA DECISIÓN
Del examen realizado a las actas que conforman la presente causa se desprende que tal como lo señala el Ministerio Público en su escrito, el hecho objeto de la presente investigación no se pudo probar, ya que se evidencia en el acta de denuncia común que no se individualizan testigos hábiles y pertinentes que adminiculados con el examen médico legal pudieran dar fe de la ocurrencia de los hechos que narra la víctima, por lo que no existen elementos suficientes para probar la comisión del delito que le fuera atribuido, ni la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, en virtud del tiempo transcurrido desde el momento en que ocurrieron los hechos hasta la presente fecha.
Fundamentado en los señalamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano FRANKLIN JORGE SÁNCHEZ, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 en su encabezamiento de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NANCY DEL VALLE MARCANO SUÁREZ, de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho ya explanados, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se Decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida al ciudadano FRANKLIN JORGE SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.117.046, domiciliado en la Calle 05, Casa N° 21, Sector Bello Monte de Las Terrazas del Oeste, en ésta ciudad de Maturín, Estado Monagas, que por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, tipificado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NANCY DEL VALLE MARCANO SUÁREZ, de conformidad con lo establecido en los Artículos 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia se ordena librar oficio al Sistema Integral de Información Policial (SIIPOL), la fines de excluir de pantalla al referido ciudadano FRANKLIN JORGE SÁNCHEZ, cesando toda medida de coerción contra el mismo de conformidad con lo previsto en el articulo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, una vez que quede definitivamente firme la presente decisión. Asimismo, cesan las medidas de protección y seguridad que fueron decretadas a favor de la ciudadana Nancy Del Valle Marcano Suárez. Ofíciese a la Oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes. Una vez vencido el lapso legal remitir al archivo definitivo. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,


ABG. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ


Secretaria,

ABG. GRACIELA CIRCELLI JIMÉNEZ