REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, once de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: DP11-L-2011-001757
PARTE ACTORA: ciudadanos LORENZO RAMON DIAZ CABELLO y MIGUEL ARTURO GONZALEZ GARCIA, cédula de identidad N°V. 11.091.918 y 16.205.459.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CARLOS RONDON, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.142.218.
PARTE DEMANDADA: DISEÑOS Y CONFECCIONES ZONA FRANCA C.A.
ABOGADOS ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: PETER CASTILLO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.121.663.
MOTIVO: Prestaciones sociales y otros conceptos.
En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano CARLOS SPINELLI, cédula de identidad N°V.17.014.945, en su carácter de presidente de la empresa DISEÑOS Y CONFECCIONES ZONA FRANCA C.A, como se evidencia de la copia del Registro de Comercio inserto al folio 61 al 67 de los autos, debidamente asistido por el abogado PETER CASTILLO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.121.663. La ciudadana Jueza hace constar que no se presento la parte actora ciudadanos LORENZO RAMON DIAZ CABELLO y MIGUEL ARTURO GONZALEZ GARCIA, cédula de identidad N°V. 11.091.918 y 16.205.459, ni por si ni por medio de su apoderado abogado CARLOS RONDON, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.142.218, carácter este que consta al folio 7 de los autos.
Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”
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