En el día de hoy 18 de Junio de 2012, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar Inicial en el presente proceso, comparece en su condición de parte actora el ciudadano OSWALDO DAVID CONTRERAS PINTO, quien comparece asistido de la PROCURADORA DE LOS TRABJADORES Abogada LORENA VARGAS, titular de la cédula de identidad Nro. V- 11.648..900, I.P.S.A. Nro. 63.274, arriba identificados. Por la demandada CASA BELMAR C.A., comparece el Abogado MEDARDO MUÑOZ MUÑOZ, en su carácter de apoderado tal como consta en Poder Judicial de dos folios útiles, previa presentación del original a modo videndi. La ciudadana Jueza declaró abierto el acto, en donde la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de VEINTIOCHO MIL BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 28.000,00), para ser pagado en dos partes, de Bs. 14.000,00 cada una; en la sede del Tribunal, 02:00 p.m., a través de cheque elaborado a nombre del Trabajador OSWALDO DAVID CONTRERAS PINTO, el primer pago para el día 22 de de Junio y el segundo para el día 27 de Julio de 2012. Dejando expresa constancia que la cantidad ofrecida es por los siguientes conceptos: Antigüedad, las indemnizaciones que consagra el Art. 125 de la Ley Orgánica del Trabajo, las fracciones de Vacaciones, Bono Vacacional, y Utilidades, los Intereses sobre Prestaciones Sociales y los Salarios Caídos. En éste estado la Parte Actora, debidamente asistido de la Procuradora arriba señalada, oída la proposición acepta la misma de forma voluntaria y sin constreñimiento alguno, quedando conforme con el monto ofrecido y la forma de pago; expresando de igual manera que la demandada no le adeuda concepto ni monto alguno por los conceptos demandados en este expediente.
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