REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO MONAGAS
JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, trece de Marzo de dos mil doce
ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2011-001071
PARTE ACTORA: LUIS GERARDO ANTONIO PEÑA SOL, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V- 9.064.155
ABOGADOS ASISTENTES Y/O APODERADOS (AS) DE LA PARTE ACTORA: JOSÉ RICARDO COLINA en ejercicio de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 29.113
PARTE DEMANDADA: EHDASSE SANAT VENEZUELA, S.A
ABOGADO (A) APODERADO (A) DE LA PARTE DEMANDADA: OMAR DOMINGO MORALES, abogado, en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo los Nº 36.495
ASUNTO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.
Siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) del día de hoy 13 de Marzo de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la presencia por la parte demandante del ciudadano LUIS GERARDO ANTONIO PEÑA SOL, debidamente asistido por el Abogado JOSÉ RICARDO COLINA y por la demandada el Apoderado Judicial Abogado OMAR DOMINGO MORALES. En vista que la parte demandante, en la celebración de la presente Audiencia Preliminar DESISTE DEL PROCEDIMIENTO , y el apoderado judicial de la demandada conviene, todo de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, verificado que el demandante actúa, libre de toda coacción y libre de todo constreñimiento para desistir del procedimiento, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: que HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DECLARA TERMINADO EL PROCESO, dándole efectos de Cosa Juzgada. Las partes Solicitaron la devolución de los escritos de pruebas, los cuales serán entregados en este mismo acto.
EL JUEZ PROVISORIO
Abg. MIGUEL JOSÉ PALOMO TOVAR. LA SECRETARIA.
LAS PARTES.
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