REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Coordinación Laboral del Estado Monagas
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas
Por cuanto en fecha siete (07) de Febrero del año 2012, mediante oficio Nº CJ-12-0075, fui designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia como Jueza Temporal a cargo del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, me ABOCO al conocimiento de la presente causa. En horas de despacho del día de hoy, Jueves ocho (08) de Marzo de 2012, siendo las diez y quince de la mañana (10:15 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio la Audiencia de Juicio, en la causa signada con el N° NP11-L-2011-000749 que por motivo de COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS, tiene incoado el ciudadano: LUÍS FIGUEROA, contra la Empresa CONSTRUCCIONES TECNICAS MONAGAS, C.A. Dándose inicio a la audiencia de juicio, se dejo constancia de la grabación del acto con video grabadora. Seguidamente la Secretaria de este Tribunal pasa a dejar constancia de la incomparecencia de ambas partes, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno; En virtud de lo antes expuesto la Jueza que preside este digno Tribunal, expone: Vista la incomparecencia de ambas partes al inicio de la presente Audiencia de Juicio, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara: Extinguido el Proceso, en la causa seguida por el ciudadano Luís Figueroa, contra la Empresa Construcciones Técnicas Monagas, C.A. De conformidad con lo dispuesto en el último aparte del Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena incorporar la presente Acta al expediente. Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.-
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los Ocho (08) días del mes de Marzo del año dos mil doce (2012). Año 201º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Jueza Temporal,
Abg. Miladys Sifontes de Nessi. La Secretaria
Abg. Alba Quintero.
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