ASUNTO: NP11-L-2010-000855
PARTE ACTORA: JESUS LEOPORDO PEREZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad. Titular de la Cédula de Identidad N° 11.649.483
APODERADOS: LEIDA EVARISTE LEONETT Y MEYKERD ABAD, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 41.245 y 93.963, de este domicilio.

PARTE
DEMANDADA: TRANSPORTE SEMBER, C.A
APODERADO: JUAN GARCIA, inscrito en el inpreabogado N° 146.358

MOTIVO: Cobro de Diferencia de Prestaciones sociales.

En horas de despacho del día de hoy, 01 de marzo de 2012, se hace constar que comparecieron por ante este Juzgado, el ciudadano JESUS LEOPORDO PEREZ TORREALBA, acompañado por su apoderado judicial Abogado MEYKERD ABAD, y el Abogado JUAN GARCIA, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, quienes solicitaron se adelantara la Audiencia Conciliatoria que había fijado este Juzgado, dada la diligencia presentada por los apoderados judiciales de las partes en fecha 16 de febrero de 2012, a través de la cual manifestaron su intención de transigir la presente causa, haciendo los señalamientos allí contenidos. En este estado la parte demandada ratifica el ofrecimiento formulado, indicando que el monto ofrecido alcanza la cantidad de CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 5.000,00), por todos y cada uno de los conceptos explanados en el libelo de la demanda, indicando que dicho monto ha sido consignado a través de cheque que reposa en la oficina de consignaciones de esta Coordinación Judicial, según se desprende de la diligencia a que se hizo referencia. El actor previa consulta con su apoderado judicial manifiesta su conformidad con el monto ofrecido, y señala que nada mas tiene a reclamar a la empresa demandada. El Tribunal verificados los extremos de Ley, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo alcanzado dándole efectos de COSA JUZGADA. Se ordena en consecuencia, que la Oficina de Consignaciones de esta Coordinación Laboral, haga entrega al actor del cheque en referencia, lo cual se materializa en este mismo acto, recibiendo el actor cheque Nro. 40634093, emitido contra la cuenta corriente Nro. 01050734191734054522, cuyo titular es el ciudadano Espartaco Rodríguez Martínez. Vista la materialización del acuerdo, se ordena el archivo del expediente. Las partes solicitan se les expidan copias certificadas de la presente acta a los fines de su exclusivo interés. El Tribunal acuerda de conformidad.
La Jueza Titular

Abg. Ana Beatriz Palacios González

El actor y su apoderado judicial.
El Apoderado Judicial de la demandada.

La Secretaria.