REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
PARTE ACTORA LUCY BELL BANDES RIVERO,
PARTE DEMANDADA EDGAR ALEXANDER PAEZ LEDEZMA
MOTIVO OBLIGACION DE MANUTENCIÓN
A FAVOR DEL(OS)
NIÑO(S) ****** y ///////

En el día de hoy, quince (15) de marzo de dos mil doce (2.012) siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para efectuar el acto conciliatorio en la presente causa.-Compareció la parte actora, ciudadana LUCY BELL BANDES RIVERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.019.508 y la parte demandada, ciudadano EDGAR ALEXANDER PAEZ LEDEZMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.183.836.- En este estado las partes llegaron al siguiente acuerdo:
PRIMERO: El padre se compromete en suministrar la cantidad de Bs.400 mensuales para su hija, para lo cual solicita, se oficie a la alcaldía del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, La Victoria, para que sea descontada de su sueldo y depositada en la cuenta de ahorros N° 1750358840060965415, aperturada en el Banco Bicentenario
SEGUNDO: El padre se compromete en suministrar el 25% de lo devengado por concepto de prestaciones sociales, que en caso de renuncia o retiro, dicho porcentaje deberá ser remitido en cheque de gerencia a nombre de este Tribunal, para lo cual ofíciese a la indicada Alcaldía.-------------
TERCERO: El padre se compromete en suministrar el 20% de lo devengado por concepto de utilidades o aguinaldos de fin de año, para lo cual ofíciese a la indicada Alcaldía y cuando se haga efectivo el pago de tal concepto, sea entregado a la parte actora.--------------------------------------------
CUARTO: El padre se compromete en suministrar la cantidad de Bs. 750,oo por concepto de ayuda escolar, antes del 15 de septiembre de cada año, la será depositada personalmente por él en la cuenta de ahorros ya mencionada.-----------------------------------------------------------------------------
QUINTO: La cantidad por concepto de ayuda escolar y cualquier otro beneficio que le corresponda a la beneficiaria, será depositada por la Alcaldía en la cuenta de ahorros ya mencionada.--------------------------
SEXTO: Ambos Padres solicitan se levanten las retenciones ordenadas en la presente causa.-------------------------------------------------------


El Tribunal oída la exposición de las partes y habiendo llegado a un acuerdo conciliatorio de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente y por cuanto no trata sobre asuntos que no sea posible la conciliación, este Tribunal HOMOLOGA el presente convenimiento en todas y cada una de sus partes.- Se levantan las retenciones ordenadas en la presente causa.- Líbrese oficio con las inserciones necesarias a la Alcaldía del Municipio José Félix Ribas, La Victoria.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA PROVISORIA


DRA. MAIRA ZIEMS

LA PARTE ACTORA






LA PARTE DEMANDADA





LA SECRETARIA

ABG. JHEYSA ALFONZO




MZ/JA/ea.EXP N° 23.761