REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

En el juicio que, por ACCIDENTE DE TRABAJO ha instaurado el ciudadano OSWALDO RIBAS SALAZAR, representada judicialmente por el abogado Antonio Claret Gamboa, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 71.326, contra la sociedad mercantil WONDER DE VENEZUELA C.A, representadas judicialmente por la Abogada Mary Maudy Rodriguez, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 42.499, el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, mediante sentencia de fecha 16 de febrero de 2011, declaró parcialmente con lugar la demanda.
Contra la decisión del a quo, en fecha 17 de febrero de 2012, la representación judicial de la parte actora ejerce el recurso de apelación.
Mediante diligencia presentada el 06 de marzo de 2012, suscrita por ambas partes, la demandante, desiste formalmente del recurso de apelación propuesto. Siendo la oportunidad procesal para ello, se procede a dictar la decisión:

Ú N I C O

Por diligencia presentada el 06 de marzo de 2012, (folio 289), suscrita por ambas partes, se verifica y constata que la parte demandante desiste formalmente del recurso de apelación propuesto, mediante la cual expone: “…desisto de la apelación interpuesta contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua…”
En virtud del desistimiento manifestado por la parte actora y; luego de verificado que el hoy accionante actúa debidamente representado por un profesional del derecho según documento que riela al folio 29, esta Alzada, conforme a lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable conforme a las previsiones del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara homologado el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la parte actora. Así se decide.
D E C I S I Ó N

En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada en fecha 16 de febrero de 2012 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de la Victoria.
Publíquese, regístrese, déjese copia y remítase las presentes actuaciones al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de la Victoria, a los fines legales subsiguientes, según lo expuesto por las partes en la diligencia de fecha 06 de marzo de 2012 que corre inserta al folio 290.
Remítase copia certificada de la presente decisión, al Tribunal de origen, a los fines de su conocimiento y control.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay a los siete (07) días del mes de marzo de 2012. Años: 201º de la Independencia y 153º de la Federación.

LA JUEZA SUPERIOR,


ANGELA MORANA GONZALEZ

LA SECRETARIA,


KATHERINE GONZALEZ TORRES

En esta misma fecha, siendo las 12:00 m. se publicó y registró la anterior sentencia.

LA SECRETARIA,


KATHERINE GONZALEZ TORRES


DP11-R-2012-000065
AMG/KG/mr