REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 20 de marzo de 2012
201º y 153º
Por cuanto de la revisión exhaustiva efectuada a las actas procesales que conforman el presente asunto, este Tribunal observa y constata que el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, dictó decisión definitiva en fecha 10 de octubre de 2011, en la causa seguida por DAVID ANTONIO FLORES GARCES contra la ASOCIACION CIVIL BIBLIOTECAS VIRTUALES DE ARAGUA
Ahora bien, se constata que contra la anterior decisión fue ejercido recurso de apelación tanto por la parte actora como por la Asociación Civil Bibliotecas Virtuales de Aragua
Con respecto a las apelaciones ejercidas, se verifica que el juzgado a quo, tan sólo se pronunció en relación a la interpuesta por la parte actora, no así a la interpuesta por la Asociación Civil Bibliotecas Virtuales de Aragua (folio 261)
Visto lo anterior, es forzoso para este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENAR la remisión inmediata del presente expediente por medio de Oficio al Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay, a objeto de que, se pronuncie sobre el recurso de apelación interpuesto por la Asociación Civil Bibliotecas Virtuales de Aragua. Líbrese Oficio.
El Juez Superior,
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JOHN HAMZE SOSA
La Secretaria,
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MARIANA CARIDAD QUINTERO
En esta misma fecha, siendo 3:00 p.m., se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria,
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MARIANA CARIDAD QUINTERO
ASUNTO No. DP11-R-2011-000296.
JHS/mcq.
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