REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO SUPERIOR DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS
Maturín, veintinueve (29) de marzo de dos mil doce (2012)
201° y 153°
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
ASUNTO NP11-N-2011-000099
Demandante: SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A., inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha 20 de julio de 2004, bajo el Nro.51, Tomo A-1.
Apoderados Judiciales: Abogs. CARLOS BORGES, CRISMAIRA SALAMANCA, MAIRALEJANDRA INFANTE, DIANA BERRIO y OLY RAMOS inscritos en el Inpreabogado bajo los números 57.921, 141.209, 138.282, 110.704 y 70.545 respectivamente.
Demandados: INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES. DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MONAGAS Y DELTA AMACURO.
Apoderado Judicial: NO CONSTA EN AUTOS
Motivo: RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD.
En fecha 27 de octubre de 2011, se dio por recibido RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, interpuesto por la empresa SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A., por intermedio de su Apoderada Judicial Abogada MAIRALEJANDRA INFANTE arriba identificada, contra la Providencia Administrativa dictada por el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MONAGAS Y DELTA AMACURO, en fecha 20 de mayo de 2011, mediante la cual certificó que el Ciudadano JAVIER FEBRES sufrió un Accidente de Trabajo que le provocó Discapacidad absoluta y permanente para cualquier tipo de actividad laboral.
En fecha 31 de octubre de 2011, este Juzgado admitió el presente recurso y ordenó de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se ordena la notificación al Director de la DIRESAT MONAGAS Y DELTA AMACURO DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la naturaleza de la Acción consideró necesaria la notificación del tercero interesado Ciudadano JAVIER FEBRES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad número 15.117.859, a través de la publicación del Cartel de Emplazamiento de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Cumplidas la remisión del expediente administrativo por parte del Ente Accionado, y verificadas las notificaciones ordenadas, siendo las últimas al recibir el exhorto de Notificación de los Tribunales de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 22 de marzo de 2012, este Juzgado Superior dictó en es misma fecha. un Auto mediante el cual a fines de ordenar el proceso, informaba a las partes que libraría el respectivo Cartel de Emplazamiento del Tercero interesado, al día de despacho siguiente a la fecha de emisión de ese Auto, emitiéndose dicho Cartel en fecha veintitrés (23) de marzo de 2012.
Ahora bien, el Artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa dispone:
Artículo 81. El demandante deberá retirar el cartel de emplazamiento dentro de los tres días de despacho siguientes a su emisión, lo publicará y consignará la publicación, dentro de los ocho días de despacho siguientes a su retiro.
El incumplimiento de las cargas antes previstas, dará lugar a que el tribunal declare el desistimiento del recurso y ordene el archivo del expediente, salvo dentro del lapso indicado algún interesado se diera por notificado y consignara su publicación. (Resaltado y subrayado de este Juzgado)
Ahora bien, observa este Juzgador que la inobservancia por parte del demandante de las cargas procesales que le son propias, como es el retiro del Cartel de Emplazamiento dentro del lapso señalado, implica en el caso de autos la necesaria declaratoria del desistimiento del recurso conforme a lo dispuesto en el Artículo 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, siendo de carácter imperioso para este Juzgador decretarlo. Así se decide.
DECISIÓN
En consecuencia, éste Juzgado Segundo Superior del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por la empresa SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A., en contra de la Providencia Administrativa dictado por el INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES, DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES MONAGAS Y DELTA AMACURO, en fecha 20 de mayo de 2011, mediante la cual certificó que el Ciudadano JAVIER FEBRES sufrió un Accidente de Trabajo que le provocó Discapacidad absoluta y permanente para cualquier tipo de actividad laboral. Ordénese el Archivo del Expediente.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado Segundo Superior del nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Maturín, veintinueve (29) de marzo del año dos mil doce (2012). Año 201º de la Independencia y 153º de la Federación.
DIOS y FEDERACIÓN
EL JUEZ
Abog. ROBERTO GIANGIULIO A.
EL SECRETARIO
Abog. FERNANDO ACUÑA B.
En esta misma fecha, siendo las 10:07 a.m. se dictó y publicó la anterior decisión. Conste. El Sctrio. Abog. FERNANDO ACUÑA B.
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