REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
201º y 152º
La Victoria, 01 de marzo de 2012
EXPEDIENTE Nº 3755-09
MOTIVO: PARTICION DE HERENCIA
PARTE ACTORA: ALPIDIO ANTONIO PEREZ, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Número 3.160.959
ABOGADO APODERADO: SHIRLEY ABAD NOGUERA, titular de la Cédula de Identidad N°12.000.101, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.162
PARTE DEMANDADA: FRANCISCO ANTONIO PEREZ TORRES Y NINESKA JOSEFINA PEREZ TORRES; venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nrosº.- V-8.810.328 y V-8.819.671
ABOGADO DEFENSOR AD LITEN: MIROSLAVA DIAZ BUSEK, titular de la Cédula de Identidad N° 5.887.786, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 19.699
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
Visto que la partidora ciudadana CARMEN TERESA COLMENARES HUERFANO, venezolana mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro.- 12.994.095, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.- 86.143, fue designada de conformidad con lo establecido en el Articulo 778 del Código de Procedimiento Civil, en fecha 21 de julio del año 2011, cuya aceptación y juramentación se realizo en fecha 26 de octubre del año 2011 y una ves designada como perito avaluador, consignando el Informe de avalúo e informe de partición de herencia ante este Tribunal en fecha 24 de enero del año 2012 .- De conformidad con lo pautado en el articulo 785 ejusdem que textualmente dice así:
Artículo 785.- Presentada la partición al Tribunal se procederá a la revisión por los interesados en el término de los diez días siguientes a su presentación. Si éstos no formularen objeción alguna, la partición quedará concluida y así lo declarará el Tribunal.
Si entre los herederos hubiese menores, entredichos o inhabilitados, será necesaria la aprobación del Tribunal, previo un detenido examen de la partición
Por lo que este tribunal observa que han trascurrido los diez (10) días para la remisión del informe por parte de los interesados los días, 25, 26, 27, 30, de enero y 01, 02, 08, 09, 10, 13, 16, 17 , 22, 23, 24, 27 de febrero sin que las partes objetaren dicho informe. Este tribunal de conformidad con lo pautado en el Artículo 785 declara FIRME LA PARTICION DE BIENES POR HERENCIA.-
Finalmente, como consecuencia de la declaración anterior, este Juzgador ordena la convocatoria de las partes a un acto conciliatorio en el que insta a las partes a presentar su propuesta a objeto de lograr una liquidación amistosa y evitar la subasta publica de los bienes que integran la partición, por lo que se acuerda librar Boletas de notificación a los ciudadanos: ALPIDIO ANTONIO PEREZ, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Número 3.160.959 o a su Abogado Apoderado: SHIRLEY ABAD NOGUERA, titular de la Cédula de Identidad N°12.000.101, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el número 75.162; o a su FRANCISCO ANTONIO PEREZ TORRES Y NINESKA JOSEFINA PEREZ TORRES; venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nrosº.- V-8.810.328 y V-8.819.671; o a su Abogado Defensor Ad Liten: MIROSLAVA DIAZ BUSEK, titular de la Cédula de Identidad N° 5.887.786, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el número 19.699; para el acto que tendrá lugar al tercer día de despacho siguiente a que conste en autos la ultima de la notificación de las partes.- Líbrese Boleta.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los primero (01) días del mes de marzo de 2012. Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIA,
Abog. VIRGINIA GONZÁLEZ JIMENEZ.
EL SECRETARIO
Abog. FRANCISCO JAVIER SANCHEZ.
En ésta misma fecha se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 11:45 a.m.
EL SECRETARIO
Abog. FRANCISCO JAVIER SANCHEZ.
Expediente 3755-09
VGJ/fjs/crisol
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