REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, 05 de Marzo de 2012
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2012-002805
Motivo: Título de Únicos y Universales Herederos
Solicitante: ESTHER DESIREE GOMEZ CARRASQUEL, venezolanas, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro. V- 20.093.130
Abogada: MIRIAM MIZRAHI SALAZAR, Abogada inscrita en el inpreabogado bajo el N° 34.426
De Cujus: ENDIS RAFAEL PEREZ PUNCHILUPE
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud que por Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana ESTHER DESIREE GOMEZ CARRASQUEL, ut supra identificada, actuando en su carácter de madre y representante legal de su hijo, asistida por la Abogada MIRIAM MIZRAHI SALAZAR, Abogada inscrita en el inpreabogado bajo el N° 34.426; este Tribunal, observa del acta de fecha 29/02/2012, cursantes a los folios 14 y 15 del presente asunto, que fueron promovidas y evacuadas las declaraciones de los testigos, ciudadanos ANTONIO JOSE OJEDA CARRILLO y VICTOR MANUEL BRICEÑO TORRES, plenamente identificadas en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a el niño (SE OMITE SU IDENTIDAD), de cuatro (4) años de edad; como beneficiario del de cujus ENDIS RAFAEL PEREZ PUNCHILUPE, quien en vida fue titular de la cédula de identidad N° V-19.671.260. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Declárese el CIERRE Y ARCHIVO. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día cinco (5) de Marzo de dos mil doce (2012). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZ
DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,
Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Brey*
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