REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 9 de Marzo de 2012
201º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2009-005741
ASUNTO : NP01-P-2009-005741


Por recibido y visto escrito interpuesto por la Abg. Josefina Múcura, Defensora Pública Segunda Suplente en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, pasa a emitir pronunciamiento, para lo cual se hacen las siguientes consideraciones:
En fecha 01 de marzo de dos mil once se recibió escrito acusatorio presentado por la Fiscalía Novena del Ministerio Público del Estado Monagas, fijándose la correspondiente Audiencia Preliminar, prevista en el artículo 104 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para el día 11/04/2011.
En fecha 02 de mayo de dos mil once se llevó a cabo la referida audiencia preliminar, decretándose la Suspensión Condicional del Proceso por el lapso de un (01) año, fijando el Tribunal el régimen de prueba, conforme a lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ahora bien, observa esta juzgadora, que en 27 de febrero del presente año, se celebró una nueva audiencia preliminar, siendo lo correcto llevar a cabo la audiencia especial prevista en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 02/05/2011, al ciudadano PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ; en consecuencia, considera quien aquí decide que lo precedente y ajustado a derecho es dejar sin efecto la audiencia preliminar celebrada en fecha 27/02/2012, así como los pronunciamientos emitidos en ocasión a la misma, y convocar a las partes a una Audiencia Especial, a los fines antes señalados. Así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia de Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: ÚNICO: Se acuerda dejar sin efecto la audiencia preliminar celebrada en fecha 27/02/2012, así como los pronunciamientos emitidos en ocasión a la misma, y fijar la Audiencia Especial prevista en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 02/05/2011, al ciudadano PEDRO JOSÉ HERNÁNDEZ, para el día LUNES 09 DE ABRIL DE 2012, A LAS 02:00 HORAS DE LA TARDE, para lo cual se acuerda convocar a todas las partes intervinientes. Notifíquese a las partes. Hágase lo conducente. Cúmplase.
Jueza de Control, Audiencias y Medidas,


ABG. MARTHA ELENA ÁLVAREZ SÁNCHEZ


Secretaria,

ABG. ELIOMARY MOTA