REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, DIEZ DE MAYO DE DOS MIL DOCE.
202° y 153°
Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 09 del corriente mes y año por la Abogada AURA MONRROE, actuando con el carácter de autos, mediante la cual solicita sea remitidas por separadas las copias certificadas en virtud de la apelación ejercidas por todas las co-demandadas, este Tribunal, observa lo siguiente:
De la revisión de las actas procesales se evidencia que las co-demandadas SARAY DEL ROSARIO GUEVARA y MARAY GUEVARA GUEVARA, parte demandadas, ejercieron recurso de apelación contra el auto dictado por este Despacho en fecha 12 de Marzo de 2012, las cuales les fueron oídas en un solo efecto, ordenándoseles señalara las copias a certificar a fin de ser enviadas al Juzgado de Alzada para que conozca del recurso interpuesto, y en virtud de que ambas apelaciones versan sobre el mismo auto, y a los fines de evitar decisiones contradictorias si se remiten por separados, es por lo que este Juzgado mediante auto de fecha 13 de Abril de 2012, ordenó remitir al Juzgado de Alzada las copias suministradas por las apelantes, a fin de que dicha Superioridad conozca del tantas veces mencionado recurso, razón por la cual se niega, lo solicitado Y así se decide.-
DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
LA SECRETARIA,
ABOG. YOHISKA MUJICA L.