REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MATURÍN


En horas del día de hoy, 02 de Mayo de 2012, siendo las 10:00 a.m. se trasladó y constituyó este Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en compañía de la Abogada Yenitza Mundarain, I.P.S.A Nº 76.841, en la Sociedad Mercantil Platinas y Accesorios Gran Colombia C.A ubicada en la calle la Planta Nº 222-11 Maturín Estado Monagas. Constituidos en dicho sitio se hizo presente una persona que se identifico como Isabel Hernández Plata, C.I Nº 26.150.783 a quien se le notifico de la misión del tribunal. Acto seguido la parte ejecutante expone: “Solicito se de cumplimiento a la comisión encomendada por el tribunal de la causa, en tal sentido se descuente la cantidad de (Bs. 3.096,44) y sea entregado mensualmente al ciudadano Luis Fernando Forero, para que sean destinados a su manutención a partir de la presente fecha.” Es todo. El tribunal visto lo anterior y habiendo impuesto a la notificada del decreto y practica de la medida, se le ordena descontar de la Sociedad Mercantil Platinas y Accesorios Gran Colombia, C.A , la cantidad de Tres mil noventa y seis bolívares con veintidós céntimos (Bs. 3.096,44) y sean entregados mensualmente al ciudadano Luis Fernando Forero Mayorga. En este acto se hizo presente la abogada Aronny del Valle Rivera Evans, C.I Nº 16.175.445, IPSA Nº 125.833, a fin de asistir a la notificada Isabel Hernández Plata, a quien se le notifico de la misión del tribunal y quien expone: “Hago oposición a la medida innominada en virtud deque la empresa el señor dono su mitad correspondiente a la ciudadana Isabel Forero, tengo pruebas correspondientes que la haré llegar al tribunal en el momento correspondiente”. Es todo. Acto seguido la ejecutante expone: “Ratifico la presente medida innominada dictada por el tribunal de la causa tanto en cuanto a un derecho de mi representado ciudadano Luis Forero de percibir dicha cantidad de dinero ya que el único bien que produce ganancias y que aun persiste el vinculo matrimonial entre ambas partes por lo que dicha medida no puede ser objeto de oposiciones sin fundamento legal alguno.” Es todo. El tribunal visto lo anterior y vista que la oposición realizada por la abogada asistente no presenta ningún tipo de documentos y por cuanto este Juzgado es un tribunal comisionado, se acuerda remitir las actuaciones al tribunal de la causa a los fines legales consiguientes. Por tanto continua la ejecución e insta a la ciudadana Isabel Hernández de Forero, ya identificada a que se de cumplimiento a la medida cautelar innominada decretada por el tribunal de la causa.” Es todo. No habiendo otros señalamientos se concluye el acto y se ordena el regreso a su sede siendo la 11:30 a.m Es todo, terminó, se leyó y conformen firman.
La Jueza
La Notificada.
La Ejecutante.