REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 2 de mayo de 2012
202º y 153º

Sentencia Interlocutoria N° PJ0082012000134
ASUNTO: AP41-U-2012-000007


Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha dieciocho (18) de abril de 2012, por las Ciudadanas María Lodis de Morales y Flor María Zurita, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.557.737 y 5.005.137, e inscritas en el IMPREABOGADO bajo los Nos. 36.975 y 25.014, quienes actúan en su carácter de apoderadas judiciales de la contribuyente “IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES KATAMI 2000, C.A.”, donde reproduce el merito favorable de los autos, promueve pruebas documentales, y prueba de informe, este Tribunal por cuanto no las considera ilegales ni impertinentes, las admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
En relación a la evacuación de la Prueba de Informe, este Tribunal se pronunciara por auto separado.

La Jueza Superior Titular.

Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
La Secretaria Titular

Abg. Cristel A. Peinado M.





Asunto: AP41-U-2012-000007