EXP. 11-3016
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL

En fecha 13 de mayo de 2011, se recibió del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital (distribuidor de turno) escrito contentivo de la querella interpuesta por el ciudadano ALFREDO A. GAMARRA CAURO, portador de la cédula de identidad Nro. 16.404.083, asistido por el abogado RAMON JOSE GREGORIO COLMENARES SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 136.936, contra la decisión Nro.082-10, de fecha 18 de octubre de 2010, suscrita por los miembros de Consejo Disciplinario Región Centro Occidental del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante la cual lo destituyen del cargo de Agente de Investigaciones I.
Mediante auto de fecha 16 de mayo de 2011, este Juzgado estableció un plazo de tres (03) días de despacho para consignar los instrumentos que se señalan en el ordinal 5º del artículo 95 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Este Tribunal observa:
Una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, se constata que la última actuación de las partes fue realizada en fecha 05 de mayo de 2011, encuadrándose la situación descrita en el supuesto tipificado en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual dispone que toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, por lo que en tal caso debe declararse la perención.

DECISIÓN

En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la querella interpuesta por el ciudadano ALFREDO A. GAMARRA CAURO, portador de la cédula de identidad Nro. 16.404.083, asistido por el abogado RAMON JOSE GREGORIO COLMENARES SALAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 136.936, contra la decisión Nro.082-10, de fecha 18 de octubre de 2010, suscrita por los miembros de Consejo Disciplinario Región Centro Occidental del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, mediante la cual lo destituyen del cargo de Agente de Investigaciones I.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los veinticuatro (24) días del mes de mayo del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ,

JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
LA SECRETARIA ACC.

CLAUDIA MOTA VIVAS
En el mismo día, siendo las once y treinta ante meridiem (11:30 a.m.), se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA

CLAUDIA MOTA VIVAS





Exp. 11-3016