REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 30 de Mayo de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP11-V-2011-000486
Vista la diligencia de fecha 18 de mayo de 2012, suscrita por la abogada Lilia Nohemi Zoriano Trejo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 131.643, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
Asimismo visto el pedimento contenido en la misma, este Tribunal por cuanto la parte demandada no dio cumplimiento voluntario a la transacción celebrada y homologada en fecha 25 de mayo de 2011 y vencido el lapso otorgado en auto de fecha 03 de noviembre de 2011, para que la parte demandada efectuase el cumplimiento voluntario, este Despacho ordena la ejecución forzosa de la prenombrada transacción, en consecuencia decreta el EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de Seiscientos cincuenta y cinco mil trescientos veinticinco con cincuenta y siete, (Bs. 655.325,57), que incluye el doble de la cantidad del capital pactado en la transacción más los intereses igualmente acordados y las costas calculadas por este Tribunal, en un diez por ciento (10%) sobre la suma líquida demandada. Con la advertencia que si la referida medida recayera sobre cantidades líquidas de dinero, la misma será por la cantidad de Trescientos sesenta y seis mil cuatrocientos treinta y seis con sesenta y cinco céntimos (Bs. 366.436, 65), cantidad ésta que incluye los montos antes indicados y las costas calculadas por este Juzgado. Para la práctica de la medida decretada, se acuerda librar mandamiento de ejecución a los Juzgados Ejecutores de Medidas de esta Circunscripción Judicial. Líbrese Mandamiento de Ejecución.-
El Juez,
Abg. Juan Carlos Varela Ramos
La Secretaria,
Abg. Diocelis Pérez Barreto
JCVR/DPB/Ma