ASUNTO PRINCIPAL: NP11-L-2011-000329
PARTE ACTORA: HECTOR MARTINEZ Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº. V- 14.621.173
ABOGADOS ASISTENTES Y/O APODERADOS (AS) DE LA PARTE ACTORA: ROSALIN ALCALÁ, Procuradora de los Trabajadores del Estado Monagas, de este domicilio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el N° 94.766
PARTE DEMANDADA: TECNOLOGÍA Y SERVICIOS EN PROCURA INTEGRAL
ABOGADO (A) APODERADO (A) DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN CARLOS ORENCE, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) bajo el Nº 115.031
ASUNTO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En horas de despacho del día de hoy, diez (10) de mayo de dos mil doce (2012), siendo las 2:30 p.m., comparecieron por ante este Tribunal, el ciudadano HECTOR MARTINEZ parte demandante acompañado de su apoderada judicial abogada ROSALIN ALCALÁ, y el abogado JUAN CARLOS ORENCE, quienes solicitaron se efectué una audiencia conciliatoria por cuanto manifiestan haber alcanzado un acuerdo en la presente causa; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda de conformidad, y pasa a dejar constancia del acuerdo alcanzado: Las partes intervinientes señalan que con el objeto de ponerle fin a la presente controversia la parte demandada conviene en cancelarle al ex trabajador por todos y cada uno de los conceptos contenidos en el libelo de la demanda la suma total y definitiva de ONCE MIL BOLIVARES (Bs. 11.000,00), en este mismo acto a través de Cheque a favor del actor Nro. 16004185, emitido contra la cuenta corriente Nro. 0102-0611-17-0000044765 del Banco de Venezuela, cuyo titular es el apoderado de la empresa Juan Orence. El actor recibe en este acto el referido cheque de conformidad, y manifiesta nada tener a reclamar a la demandada por el tiempo que para ella presto servicios. El Tribunal verificados los extremos de Ley, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el acuerdo alcanzado, dándole efectos de Cosa Juzgada, y ordenando el archivo del expediente. En este estado las partes solicitan se les expidan copias certificadas de la presente acta a los fines de su exclusivo interés. El Tribunal acuerda de conformidad.
LA JUEZ.
Abg. ANA BEATRIZ PALACIOS G.
El ACTOR Y SU APODERADA JUDICIAL.
EL APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA.
LA SECRETARIA(O)
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