En el día de hoy, Dieciséis (16) de Mayo de Dos Mil Doce (2012), siendo las 9:00 horas de la mañana, previa habilitación del tiempo necesario, se trasladó y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas, José Rafael Revenga, Santos Michelena, Bolívar y Tovar de la Circunscripción, a la siguiente dirección: Avenida Ricaurte Zona Industrial Soco, La Victoria, Estado Aragua, donde funciona la Sociedad Mercantil “ALUMINIO DE VENEZUELA, C.A.(ALVEN), en compañía del Abogado ADELSO JOSE ARANDA CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 146.197, en su carácter de Apoderado Judicial de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, según consta en autos, con el objeto de continuar con la Medida Cautelar Innominada decretada mediante decisión dictada en fecha diez (10) de agosto de dos mil once (2011), por ante la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en la demanda de expropiación interpuesta conjuntamente con “Medida Innominada de Ocupación, Posesión, Uso y Administración de Bienes”, por el Abogado Adelso José Aranda Contreras, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 146.197, actuando en su carácter de representante de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, respecto a “…..…..los bienes muebles, inmuebles y bienhechurías de la Sociedad Mercantil “ALUMINIO DE VENEZUELA, C.A. (ALVEN)., con el objeto de continuar con la ejecución de la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA. Presentes en la Empresa Sociedad Mercantil “Aluminio de Venezuela, C.A., unas personas que dijeron ser y llamarse: DUQUE NOGALES OMAIREE, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-14.730.557, JAUREGUI ALEMAN DANNY JOSE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.250.279 y RODRIGUEZ YBARRA ALEXANDER JOSE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.050.778, quienes manifestaron ser miembros de la Junta de Administradora Temporal, para ejercer la administración, posesión y uso de los bienes muebles, inmuebles y bienhechurías, presuntamente propiedad de la Sociedad Mercantil ALUMINIOS DE VENEZUELA C.A., (ALVEN), según se evidencia de la Gaceta Oficial N° 39.805, de fecha: 22 de Noviembre de 2011, asimismo se encuentra presente en este acto el Ciudadano: TOVAR LEDEZMA JONATHAN, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.019.233, quien manifestó a la Jueza ser Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Empresa supra identificada, a quienes la Jueza notificó de su misión y permitieron el acceso. En este estado el Apoderado Judicial de la Parte Actora expone: “Solicito a la Jueza Ejecutora de Medidas se designen como Expertos a los ciudadanos: Martínez Camacho Edgar Enrique, Natera Jorge Luis y Morantes Rojas Gerson José, con el objeto de seguir verificando la existencia de los bienes y el estado que se encuentran”. En este estado la Jueza Ejecutora de Medidas, oída la anterior exposición, acuerda de conformidad y designa como expertos a los Ciudadanos: MARTINEZ CAMACHO EDGAR ENRIQUE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.855.192, Lic. En Administración; NATERA JORGE LUIS, mayor de edad, este último, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-3.377.030, T.S.U en Electricidad y Refrigeración, y MORANTE ROJAS GERSON JOSE, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-1.586.664, Ingeniero Agrónomo, a quienes el Tribunal notifico de su misión, aceptaron sus cargos, para el cual fueron designados y se obligaron a cumplir bien y fielmente con las obligaciones que les impone la ley. En este estado el Abogado Adelso José Aranda Contreras, ya identificado, actuando en su carácter de Apoderado de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, expone: “Solicito al Tribunal Ejecutor de continuidad a la Ejecución de la medida Innominada de ocupación, posesión, uso y administración de los bienes muebles de la Sociedad Mercantil “ALUMINIO DE VENEZUELA, C.A. (ALVEN), que se describen en inventario parcial, que se anexa y en tal carácter los ponga en posesión de la Junta Administradora Temporal, igualmente le solicito, se suspenda por los actuales momentos la ejecución de la medida decretada por lo avanzado de la hora, y se fije para el día 17-05-2012, a las 10:00 a.m. una nueva oportunidad para continuar ejecutando la medida en cuestión. En este estado la Jueza Ejecutora de Medidas oída la anterior exposición acuerda de conformidad, procede a continuar con la medida innominada de ocupación, posesión, uso y administración de los bienes muebles de la Sociedad Mercantil “ALUMINIO DE VENEZUELA, C.A, (ALVEN), descritos en el inventario parcial que se anexa y en tal carácter pone en manos de la Junta Administradora Temporal, los bienes descritos en el inventario del día 15 de mayo del año en curso y en el del día de hoy 16 de mayo, ambos del 2012, las cuales se encuentran funcionando, en buen estado y suspende por los actuales momentos la medida que se está ejecutando, por lo avanzado de la hora y acuerda fijar un nuevo traslado para el día de mañana 17-05-2012, a las 10: 00 a.m. El Tribunal Ejecutor de Medidas deja constancia que en este acto no se observó ningún tipo de violencia por parte del Personal adscrito a este Despacho, Auxiliares de Justicia, Abogados, ni de ninguna otra persona presente en este acto. La Jueza Ejecutora de Medidas habiendo cumplido su misión, declara terminado el acto y ordena el regreso a su sede siendo las 5:30 p.m. horas de la tarde. Es todo. Terminó, se leyó y estando conformes firman.
LA JUEZA EJECUTORA DE MEDIDAS

DRA. EMMA CONSTANZA GARCIA BELLO.-
C.I: 3.720.889.-

LOS NOTIFICADOS.-




EL APODERADO JUDICIAL LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA.-




LOS EXPERTOS DESIGNADOS.-





LA SECRETARIA.-