REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, veinticinco (25) de mayo de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : AP51-J-2011-016519
SOLICITANTE: JANIRE BEATRIZ GOLIZ CAPRILES, titular de la cédula de identidad Nro v-6.134.838.
MOTIVO: AUTORIZACION PARA RETIRAR LA LIBRETA y AUTORIZACION PARA QUE EL CIUDADANO ANDRÉS EDUARDO VIELMA GODIZ, retire la cuota parte que le corresponde de la cuenta de ahorro.
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana JANIRE BEATRIZ GOLIZ CAPRILES, titular de la cédula de identidad Nro V- 6.134.838, debidamente asistida por la Defensora Pública Décima Segunda de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas, abogada ALICIA VALDEZ, mediante la cual solicita se le autorice a retirar la libreta que fue corregida, de la cuenta Nro. 0003-0081-11-0100496237; así como solicita se proceda a AUTORIZAR al ciudadano ANDRES EDUARDO VIELMA GODIZ, a retirar la cuota parte que le corresponde de la prenombrada cuenta de ahorro, esta Jueza Quinta de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, AUTORIZA a la ciudadana JANIRE BEATRIZ GOLIZ CAPRILES, titular de la cédula de identidad Nro V- 6.134.838, a retirar la libreta de ahorro Nro 4161835, perteneciente a la cuenta de ahorro Nro. 0003-0081-11-0100496237, aperturada a favor de los beneficiarios: -----. Asimismo, se AUTORIZA al ciudadano ANDRES EDUARDO VIELMA, titular de la cédula de identidad Nro V- 24.592.404, en virtud de haber adquirido la mayoridad a retirar de dicha cuenta de ahorro la cuota parte que le corresponde. Se ordena librar comunicación a la Oficina de Control y Consignaciones, a fin de que proceda a participarle al Banco Industrial las respectivas autorizaciones otorgadas en la presente. CUMPLASE.
LA JUEZA,
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO.
LA SECRETARIA,
Abg. ZENOBIA ELENA ERAZO.
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