REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)
Maracay, catorce (14) de mayo de 2012


Por cuanto en fecha once (11) de mayo de 2012, venció el lapso de promoción y evacuación de pruebas en la presente causa, este Juzgado Superior Agrario declara formalmente cerrado el mencionado lapso y acuerda fijar para el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), una Audiencia Oral, de conformidad a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a los fines de que las partes expongan los Informes correspondientes.
EL JUEZ


ABG. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS


EL SECRETARIO


ABG. LUÍS ABREU GUERRERO



EXP. - JSAAC- 2011-0041
HBC/Lag/jv