REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)
Maracay, cuatro (04) de mayo del año 2012
EXP.- JSAAC- 2011-0166
Vista la decisión dictada en fecha trece (13) de marzo del año 2012, en el expediente signado con el Nº 2011-0166, contentivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y SIMULACIÓN DE VENTA intentado por los abogados José Ernesto Natera Delgado y Antonio Natera Delgado, inscritos en Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 4.403 y 14.132 respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la Agropecuaria “Los Garceros S.A.”, Sociedad de Comercio domiciliada en la ciudad de Valencia, estado Carabobo y debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, quedando anotada bajo el N° 71, Tomo 2-A, de fecha 09 de abril de 1987, este Tribunal observa que aunque se ejerció el recurso establecido en el artículo 233 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, fue declarado inadmisible mediante auto de fecha veintiséis (26) de marzo del 2012 y transcurrido los lapsos establecidos en el artículo 316 del Código de Procedimiento Civil, norma aplicada supletoriamente, se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen, conformado por dos piezas de Cuaderno de Medidas, constante la primera pieza de ciento noventa y uno (191) folios útiles y la segunda pieza constante de ciento treinta y dos (132) folios útiles y de una pieza de Anexo constante de ciento treinta y ocho (138) folios útiles. Cúmplase.
EL JUEZ
Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS
El Secretario
Abg. LUÍS ABREU GUERRERO
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se libró oficio.
El Secretario
Abg. LUÍS ABREU GUERRERO
EXP. - JSAAC- 2011-0166
HBC/Lag/cn