REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua
Maracay, siete de mayo de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: DP11-L-2010-001239
ACTA
PARTE ACTORA: Ciudadana DAYANGELA BEATRIZ REQUENA LANZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.476.486 y de este domicilio (no compareció).-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMAPRECIÓ).-
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil INMOBARCA BIENES RAICES C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: Abogados JOSE GABRIEL ACOSTA, JOSHUA NAVARRO ACOSTA y RICARDO HERNANDEZ, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros 78.623, 132.081 y 135.763 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy lunes siete (07) de Mayo de 2.012, siendo las diez y treinta (10:30 a.m) de la mañana, día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara la Ciudadana DAYANGELA BEATRIZ REQUENA LANZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.476.486 en contra Sociedad Mercantil INMOBARCA BIENES RAICES C.A. Se constituye el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por la Juez Dra. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS, con la asistencia del Secretario ABG. HAROLYS PAREDES, y el Alguacil Ciudadano JHONNY GUEDEZ razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. El Secretario deja constancia que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes los siguientes ciudadanos: POR LA PARTE DEMANDANTE: No compareció ni por si misma, ni por apoderado judicial alguno. LA PARTE DEMANDADA. Su apoderada judicial abogado JOSHUA NAVARRO ACOSTA, Inscrita en el Inpreabogado bajo los Nro 132.081. La ciudadana Juez, de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, vista la incomparecencia de la parte actora este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: DESISTIDA la acción que intentaran la Ciudadana DAYANGELA BEATRIZ REQUENA LANZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.476.486 en contra Sociedad Mercantil INMOBARCA BIENES RAICES C.A. Asimismo se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. El técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano ANTONIO RIVERO. Dándose por cerrado el presente acto hoy 07 de Mayo del 2.012, siendo las 10:50 a.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ
DRA. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
EL SECRETARIO
ABG. HAROLYS PAREDES
ZDC/HP
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