REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DOCE.-

202º y 153º

Exp: 32.550
PARTES:

• DEMANDANTE: MANUEL ELISEO DIAZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.008.154, de este domicilio.-

• DEMANDADO: Sociedad Mercantil ASEGURADORA NACIONAL UNIDA UNISEGUROS, S.A, inscrita en la Superintendencia de Seguros de Información Fiscal RIF con el Nº J-30166471-0, en la persona de su Gerente Sucursal Maturín, ciudadana YARIMA FARIÑAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.343.443, de este domicilio.-

• MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO.

Vista la transacción celebrada de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil del Código Civil, por el ciudadano GIOVANNI PERUGINI DOMINGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.922.016, abogado en ejercicio, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 47.191, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada y el ciudadano MANUEL ELISEO DIAZ DIAZ, arriba identificado, debidamente asistido por la abogada en ejercicio KATIUSCA ALCALA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 146.889, parte demandante, en la presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO, tiene incoado por ante este Tribunal, el primero contra el segundo de los nombrados y por cuanto la misma no es contraria a derecho, ni lesiona los derechos de ninguna de las partes y versa sobre derechos disponibles, es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente.-





DR. ARTURO JOSE LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL


LA SECRETARIA
ABG. YOHISKA MUJICA











Exp: 32.550
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