REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y PUNCERES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 243 del Código de Procedimiento Civil se indican que son partes en la presente causa, los siguientes:
PARTES SOLICITANTES: OSENIA JOSEFINA GAMBOA CASTILLO y LEON ISMAEL RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, Identificados con las cédulas Nros V-4.717.712 y V-3.134.493 respectivamente, y de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LAS PARTES SOLICITANTES: LUIS ARQUIMEDES JIMÉNEZ MORALES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 119.928.
MOTIVO: DECAIMIENTO
PROCEDIMIENTO: DIVORCIO 185-A
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
EXP. Nº 669-2012.
Vista la declaración hecha por el ciudadano NILSON JOSÉ CARREÑO S., Alguacil Titular de este Tribunal, donde deja constancia de no haber recibido de las partes solicitantes los gastos de transporte para practicar la Notificación de la FISCAL OCTAVO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO MONAGAS, en la ciudad de Maturín, Estado Monagas; en razón a ello, este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: EL DECAIMIENTO de la presente causa con motivo del juicio de DIVORCIO 185-A, de conformidad con la Sentencia dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha seis de julio del año dos mil cuatro (06-07-2004); sentencia que establece que dentro de los Treinta (30) días siguientes a la admisión de la demanda, la parte solicitante: ciudadanos OSENIA JOSEFINA GAMBOA CASTILLO y LEON ISMAEL RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, Identificados con las cédulas Nros V-4.717.712 y V-3.134.493 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio LUIS ARQUIMEDES JIMÉNEZ MORALES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 119.928, debe poner a la disposición del ciudadano Alguacil de este Tribunal, los medios y recursos necesarios para lograr la Notificación de la FISCAL OCTAVO DEL MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO MONAGAS, quien se ubica a más de quinientos (500Mts) de la sede del Tribunal.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada en el Archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Caripito, a los Ocho (08) días del mes de Noviembre del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez Titular,
Abg. MSc. José Gregorio Guaipo Quiroz.
La Secretaria.,
Abg. Elizabeth Hernández Sifuentes.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 11:30 a.m. Conste. Secretaria.
JGGQ/cielo.
EXP. N° 669-2012.
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