REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintisiete de noviembre de dos mil doce
202 y 153
ASUNTO: AP21-L-2011-005461
Vista diligencia, suscrita en fecha 26 de noviembre de 2012, por los abogados: JUVENCIO SINFONTES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº50.361, en su carácter de apoderado judicial de la parte Accionante ciudadano WILLIAM ALFREDO VARGAS SANTOS, cédula de identidad NºV-6.135.111, en el juicio que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales incoare en contra de BANCO DE VENEZUELA S.A., y la ciudadana CATERINA CANTELMI, abogada, e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº86.790, en su carácter de representante judicial de la parte Demandada; este Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, verifica los instrumentos poderes de las partes, que cursan en autos y procede a HOMOLOGAR la Suspensión planteada por las partes en el presente asunto desde el 26 de noviembre de 2012 hasta el 07 de diciembre de 2012, ambas fechas inclusive. En tal sentido, vencida dicha suspensión este tribunal procederá por auto separado a fijar nueva oportunidad para la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, atendiendo a la disponibilidad de la agenda que lleva el Tribunal. Así se decide.-
El Juez
Abg. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abg. Adriana Bigott