REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, seis de noviembre de dos mil doce
202º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-S-2012-001251
PARTE OFERENTE: PILOTES PERFORADOS C.A. (PILPERCA)
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE OFERENTE: MARCO ANTONIO DELFINO FALCONY y OTROS
PARTE OFERIDA: JOSEFA ANTONIA VELASQUEZ
ABOGADO QUE ASISTE A LA PARTE OFERIDA: PABLO ANTONIO PIÑERO ACEVEDO
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Hoy, 06 de noviembre de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: por la parte Oferente PILOTES PERFORADOS C.A. (PILPERCA), su apoderado judicial abogado MARCO ANTONIO DELFINO FALCONY, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°130.512, acreditación que consta en autos; y por la parte Oferida ciudadana JOSEFA ANTONIA VELASQUEZ, asistida en dicho acto por el abogado PABLO ANTONIO PIÑERO ACEVEDO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº140.305, quienes presentan copia simple del certificado de defunción en tres (3) folios útiles que se ordenan agregar a los autos.

En este orden de consideraciones, la parte Oferida acepta el monto de la Oferta Real de Pago, equivalente a la cantidad de CIENTO ONCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs.F.111.656,50), a cuyos efectos se ordena librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones (OCC), a los fines que se proceda a la entrega de la libreta de ahorros a la parte Oferida. Líbrese Oficio.-

En este sentido, las partes solicitan al Tribunal, se sirva expedir copia certificada de la presente acta, a cuyos efectos este Tribunal de conformidad con lo establecido en el numeral 3º del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo acuerda las copias certificadas solicitadas. Cúmplase

La Jueza

Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario

Abg. Adriana Bigott
Los presentes