REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, veintinueve (29) de noviembre de dos mil doce (2012), siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 am), constituido como se encuentra este Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la ciudadana Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, se traslada en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado José Francisco Rauseo Acevedo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 27.590, a la dirección por él señalada: Sede del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), ubicada en el Centro Comercial Mata de Coco, Chacao. Siendo las 10:55 am, encontrándose el Tribunal en el área de recepción es atendido por la ciudadana Paula Restrepo, a quien se le informa el motivo de la presencia del Tribunal y manifiesta que va a consultar con el Capitán Silvio, quien es el asistente directo del Superintendente. Siendo las 11:20 am la ciudadana Paula Restrepo informa al Tribunal que se apersonará el asistente del Superintendente. Siendo las 11:25 am se apersona en el área de recepción Daniela Chang, acompañada de otra ciudadana que no se identificó, manifestando: “Nosotras somos asistentes del Superintendente, quien en estos momentos se encuentra reunido, el Tribunal será atendido por la doctora Laura Echeverría, quien esta bajando”. Es todo. Siendo las 11:35 am, la ciudadana que manifestó llamarse Daniela Chang informa al Tribunal que la doctora Laura Echeverría no podrá bajar por encontrarse en una reunión por lo que bajará la ciudadana Geraldine Padilla. Siendo las 11:40 se presenta una ciudadana que dice llamarse Geraldine Padilla, quien se niega a presentar su cédula de identidad y manifiesta: “Yo no estoy autorizada para recibir notificación alguna, esto le corresponde al Consultor Jurídico quien ya viene en camino”. Es todo. Siendo las 11:45 am, la ciudadana identificada como Geraldine Padilla conduce al Tribunal a un área de reunión situada en el piso 8. Siendo las 11:50 am se presenta la ciudadana Laura Aguerreverre, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.810.000, quien manifiesta ser Jefe de la División de Gestión Interna. Siendo las 12:05 pm se presenta el ciudadano Carlos E. Padrón R, titular de la cédula de identidad N° V.- 11.777.511, en su carácter de Consultor Jurídico, a quien seguidamente se notifica de la medida dando lectura integra al despacho de comisión de fecha nueve (09) de octubre de dos mil doce (2012) librado por el Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con motivo de la ejecución forzosa de la sentencia Nº 2006-00637, mediante la cual la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo declaró firme el fallo dictado por el Tribunal de la Carrera Administrativa el 23 de noviembre de 1994, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano Jesús Enrique Arrieta Avendaño, titular de la cédula de identidad Nº 4.528.135 contra el entonces Ministerio de Hacienda, hoy Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Finanzas. “Que en fecha 26 de abril de 2012 se ordenó al Ministerio del Poder Popular para la Planificación y Finanzas, “(…) la cancelación de los sueldos y habilitaciones hechas dentro del lapso comprendido entre el 2-4-91 y el 2-10-91. [período en que el querellante prestó servicios en la Aduana de Maracaibo]. (…) [y] la cancelación, a título indemnizatorio del equivalente a los sueldos dejados de percibir desde el 2-10-91 [hasta el 15 de agosto de 1994, día anterior a la entrada en vigencia del Decreto Nro. 310 mediante el cual se creó el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)] (…)”. Igualmente se ordenó al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), proceda a “(…) la reincorporación del recurrente en el cargo al cual fue reubicado, [interventor de Aduanas II así como al pago de los sueldos dejados de percibir desde el 16 de agosto de 1994, fecha de la creación del SENIAT hasta su efectiva reincorporación] (…)…”. Realizada la notificación respectiva, el notificado, expone: “Nos damos por notificados de la sentencia”. Es todo. Seguidamente el apoderado judicial de la parte ejecutante, expone: “Insisto al Tribunal Ejecutor en las medidas necesarias para la reincorporación del querellante victorioso Jesús Enrique Avendaño, por cuanto la sentencia producida en el presente proceso se encuentra definitivamente firme no susceptible de recurso alguno, todo ello en amparo a la tutela judicial efectiva, tutelada en el artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”. Es todo. Queda entendido que a partir de la presente fecha queda reincorporado el ciudadano Jesús Enrique Arrieta Avendaño. La Juez otorga un plazo de tres (03) días hábiles para que el organismo notificado informe a este Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, ubicado en el piso 12 del Edificio José Vargas, Quebrada Honda, Municipio Libertador del Distrito Capital, sobre la materialización efectiva de la presente ejecución. Para mayor ilustración se hace entrega en este acto de copia fotostática simple del despacho de comisión de fecha nueve (09) de octubre de dos mil doce (2012), librado por el Juzgado Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, decisión de fecha 23 de noviembre de 1994 dictada por el Tribunal de la Carrera Administrativa, decisión de fecha 21 de marzo de 2006 dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo y decreto de ejecución de fecha 26 de abril de 2012. El ejecutante se obliga asimismo a cumplir con la consignación de cualquier documentación que requiera el Organismo a los fines de tramitar lo conducente con respecto a la ejecución realizada. Cumplida como ha sido la misión encomendada se dispone el retiro del Tribunal a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 12:40 pm.-
La…
… Juez,

Caribay Gauna
El apoderado judicial de la parte actora

Abg. José Francisco Rauseo

El Notificado

Abg. Carlos Padrón
Consultor Jurídico

La Secretaria

Dubraska Ibarreto
Exp. Nº 3288-12 (interno)
Exp. Nº 0034-10/2010 (causa)