REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA
La Victoria, trece (13) de noviembre del dos mil doce (2012)
202º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: DP31-L-2012-000418
PARTE ACTORA: Ciudadano PEDRO FELIPE MORENO, titular de la cedula de identidad N° V-6.669.361
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abg. OPHIR IGNACIO CEPEDA GARCES, Impreabogado Nro. 98.957
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil PLASTICOS DURI, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: (NO COMPARECIO)
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS
En el día de hoy, martes trece (13) de noviembre del dos mil doce (2012), siendo las 10:00 a.m., oportunidad legal, día y hora fijada por este Tribunal a los fines de dar inicio a LA AUDIENCIA PRELIMINAR INICIAL en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaro abierto el acto, no compareciendo a la misma ninguna de las partes. Se deja expresa constancia de que ambas partes (actora y demandada) no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar inicial ni por si ni por medio de Apoderado alguno. Ahora bien este Tribunal pasa a realizar la siguiente consideración: Visto que en fecha treinta (30) de octubre de 2012, el secretario adscrito a este juzgado certifico la notificación efectuada por el alguacil adscrito a este circuito judicial ciudadano FRANCISCO MEZA, correspondiendo la misma al día de hoy martes trece (13) de noviembre de 2012 a las 10:00 am., en consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA
Abg. MERCEDES D. CORONADO R.
EL SECRETARIO,
Abg. ARTURO CALDERON
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