REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO AGRARIO SUPERIOR DE LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DE LOS ESTADOS ARAGUA Y CARABOBO
(202° y 153°)
Maracay, quince (15) de Noviembre del año (2012)

EXP.- JSAAC- 2012-0236

Visto el escrito presentado por el Abg. Gustavo Boada Chacon, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.420, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano Nasar Ramadan Dagga Mujamad, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.724.067, mediante el cual apela la decisión dictada por ante este Juzgado en fecha 09 de noviembre de 2012, la cual declaró INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta en fecha 05 de noviembre de 2012 contra la Coordinación General del Instituto Nacional de Tierras del estado Carabobo; en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario oye la apelación de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales ordena remitir el expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia. Cúmplase.
EL JUEZ

Abg. HÉCTOR A. BENÍTEZ CAÑAS

EL SECRETARIO


Abg. LUÍS ABREU GUERRERO


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado
EL SECRETARIO


Abg. LUÍS ABREU GUERRERO


EXP. - JSAAC- 2012-0236
HBC/Lag/kp