REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA
Turmero, 16 de noviembre de 2.012.
202° y 153º
Vistas las anteriores actuaciones; de las cuales se evidencia que el Juez de este Tribunal; Leonardo Jiménez Maldonado, mediante acta del 13/11/2012 (Folios 258 al 260 pieza Nº 2), presento formal Inhibición en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el articulo 82 ordinal 2° del Código de Procedimiento Civil; y por cuanto se observa igualmente, que ha transcurrido íntegramente el lapso ha que se refiere el articulo 86 eiusdem, sin que las partes allanaran al Juez Inhibido, en consecuencia; expídase copias certificadas de las siguientes actuaciones: escritos de interposición de la demanda del 30/11/2011 (folio 01 al 28), escrito de ratificación de solicitud de Medida Innominada del 16/01/2012 (folios 176 al 186), escrito de reforma de la demanda del 22/03/2012 (folios 209 al 246. Pieza 2), acta de inhibición del 13/11/2012 (Folios 258 al 260 pieza 2) y del presente auto remítase con oficio al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, a los fines legales consiguientes; para la elaboración de las copias se autoriza suficientemente al Alguacil ANGEL JIMÉNEZ VERENZUELA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.553.200. Líbrese oficio.
El Juez,
LEONARDO JIMÉNEZ MALDONADO.
La Secretaria,
DANIELA VALLES RODRÍGUEZ.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste.
La Secretaria,
DANIELA VALLES RODRÍGUEZ.
EXP. Nº 2012-0033
LJM/dvr/abd.-