REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, diecinueve de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: DP11-L-2012-000898
PARTE ACTORA: ciudadana KAREEN PAOLA RUIZ MORA, cédula de identidad No. V-20.893.915.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO PEREZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 94.065.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES 4711 C. A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GERARDO PONTE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 122.358
MOTIVO: Prestaciones sociales y otros conceptos.
En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:30 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen el abogado LUIS ALBERTO PEREZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 94.065, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana KAREEN PAOLA RUIZ MORA, cédula de identidad No. V-20.893.915, tal como se evidencia del poder que corre inserto al folio 5 de los autos y por la empresa INVERSIONES 4711 C. A, el abogado GERARDO PONTE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 122.358, carácter que consta de instrumento poder apud acta inserto al folio 39 de los autos. La ciudadana Jueza, declaró abierto el acto. En este estado ambas partes exponen: Que han decidido dar por terminado el presente proceso judicial de mutuo acuerdo, haciendo uso de los medios alternativos de resolución de conflictos como es la mediación, donde ambas partes depuraron los conceptos demandados como salarios caídos y el tiempo de reposo de la actora, en consecuencia la parte demandada paga a la ciudadana KAREEN PAOLA RUIZ MORA, cédula de identidad No. V-20.893.915, la cantidad de CATORCE MIL BOLIVARES (Bs.14.000,00), en forma fraccionada, esto es la cantidad de Bs.4.000,00 mediante cheque signado con el número 9873039115 contra el Banco Exterior, de la cuenta corriente No.01150093573000010880 que se entrega en este acto, y la cantidad de Bs.5.000,00 cada uno, para ser entregados mediante cheques en fecha 28-11-2012 y 06-12-2012, todos a nombre de la trabajadora actora, en actuación conjunta por ante la unidad de recepción de documentos de este circuito judicial a la 9:00 a.m. El ciudadano LUIS ALBERTO PEREZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 94.065, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana KAREEN PAOLA RUIZ MORA, cédula de identidad No. V-20.893.915, manifiesta que su representada esta conforme con el monto acordado, y recibe el instrumento mercantil arriba identificado, y en virtud de ello la empresa no tiene nada que deberle a la trabajadora actora por concepto de prestaciones sociales y demás derechos laborales discriminados en el libelo de demanda, dada la terminación de la relación de trabajo.
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