REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, veintiocho de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO:DP11-L-2012-001342
En el día de hoy, oportunidad en que corresponde la celebración de la audiencia en el presente procedimiento, de acuerdo a las estipulaciones establecidas en el auto de admisión de la solicitud y cartel de notificación este Tribunal evidencia que por error material involuntario, no se le concedió el término de la distancia que en el presente caso es de dos (2) días hábiles por cuanto el domicilio principal de la demandada es en la ciudad de Caracas, este Despacho, en aras de preservar el derecho a al legitima defensa, precisa que la celebración de la audiencia preliminar tendrá lugar el día 18 de diciembre de 2012 a las 02:00 p.m. ASI SE ESTABLECE.
LA JUEZA,
ABG. SORY MAITA GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
ABG. LEONOR SERRANO
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