REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA

La Victoria, miércoles diecisiete (17) de octubre de dos mil doce(2012)
202º y 153º

Nº. DE EXPEDIENTE: DP31-L-2012-000341
PARTE ACTORA: KRYSTAL DEL CARMEN BLANCO SOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I Nro. V-13.699.770.
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: GRISELYS RIVAS PEREZ, procuradora de trabajadores, Inpreabogado Nro.44.131.
PARTE DEMANDADA: RESTAURANT NOBUNAGA, C.A. (NO COMPARECIO)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.

En el miércoles diecisiete (17) de octubre de dos mil doce (2012), día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR PRIMIGENIA en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto. En este caso la ciudadana Jueza, deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de Apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, con sede en la ciudad de la Victoria, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 153 ° y 202 °.

DIOS Y FEDERACION
LA JUEZA,


Abg. YURAIMA LUSINCHE




LA SECRETARIA


Abg. YUBELY FRANCO







YL/yf